miércoles, 30 de mayo de 2012


La transformación educativa de la Ley 24.195

La Ley Federal de Educación 24.195, sancionada en el año 1993, regula el derecho constitucional de enseñar y aprender en el territorio nacional, fijando objetivos y estableciendo normas que organizan y dan unidad al Sistema Nacional de Educación, en todos sus niveles.   

El Estado Nacional, junto con las provincias y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tienen la responsabilidad principal e indelegable de fijar y controlar el cumplimiento de la política educativa y garantizar el acceso a la educación a toda la población. También aparece por primera vez en una ley de educación nacional el rol de la familia como agente natural y primario de la educación, de la Iglesia Católica y las demás confesiones religiosas oficialmente reconocidas y de las organizaciones sociales.

Es fundamental que usted trabaje directamente con las fuentes, por eso le solicitamos que lea la Ley Federal de Educación.



Ingrese al sitio web del Centro de Documentación e Información del Ministerio de Economía, cuya dirección es: www.infoleg.gov.ar
Busque y lea con detenimiento la Ley Federal de Educación (el texto completo, no el actualizado).

Guía para la lectura
Al llevar a cabo la lectura de la ley, intente dar respuesta a las siguientes preguntas:

·          En cuanto a los primeros tres niveles del Sistema Educativo Nacional: ¿cuáles son obligatorios?, ¿cuáles son los objetivos principales por nivel?, ¿por qué se le habrá dado importancia al último año del nivel inicial?

·          ¿Qué principios históricos mantiene y qué principios nuevos aporta esta ley al Sistema Educativo Nacional? 




La siguiente bibliografía explica la nueva estructura del Sistema Educativo Nacional, el problema de los contenidos, la enseñanza de gestión privada y la calidad del sistema educativo. Lo invitamos a iniciar su lectura.



Lectura requerida
·         Selección 7: La Ley Federal de Educación. La nueva estructura del Sistema Educativo Nacional. El problema de los contenidos. La enseñanza de gestión privada. La calidad del sistema educativo. Escuelas medias vulnerables y con buenos resultados. En: Lentijo, P., Molina, J. y Martiné, E.; Temas de Política y Legislación Educativa: El Derecho a la Cultura y a la Educación en la República Argentina. Ediciones Escolares, 2004.

Lo invitamos a leer la siguiente bibliografía:        


Lectura requerida
·          Lentijo, P., Cancela y Martiné; Conducción Escolar y Transformación Educativa. Aique, Buenos Aires, 1997. Cap. 1: La transformación. Cap. 2: El protagonismo del Consejo Federal. Cap. 3: Bases y contenidos de los acuerdos federales. Cap. 4: La nueva estructura del sistema educativo argentino. Cap. 5: El problema de los contenidos. Cap. 6: Diseños curriculares convergencias necesarias.  
·          Tenti Fanfani, Emilio; La escuela vacía. UNICEF-Losada, Buenos Aires, 1993. Cap. 1: Escuela y equidad. Cap. 2: La escuela en el círculo vicioso de la pobreza.
                    Guía para la lectura
Le recomendamos que, al momento de abordar el texto, intente contestar estas preguntas:
¿Qué importancia tienen los Contenidos Básicos Comunes para el Sistema Educativo Argentino?
¿Cómo explica Tenti Fanfani el concepto de “vaciamiento”?
¿Qué cosas vendría a reparar la ley según Lentijo, Molina y Martiné?


 La implementación de la Ley Federal de Educación

A partir de 1994 se pusieron en marcha las reformas planteadas por la Ley Federal, especialmente la extensión de la obligatoriedad escolar a diez años y la Educación General Básica (EGB), que abarca los siete años de la enseñanza primaria y los dos primeros de la secundaria.

El organismo responsable de la reglamentación y aplicación de la Ley, como así también de la coordinación y concertación del Sistema Educativo Nacional, es el Consejo Federal de Cultura y Educación. Este Consejo está presidido por el Ministro de Educación de la Nación e integrado por los ministros de educación de las veinticuatro jurisdicciones (veintitrés provincias más la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y un miembro del Consejo Interuniversitario Nacional.  Además, el Consejo Federal de Educación es el organismo articulador de las estructuras de las jurisdicciones y de los acuerdos federales.

En 1994 el Presidente de la Nación y los gobernadores de las provincias firmaron el Pacto Federal Educativo, establecido por la Ley Federal, en el que se fijaron las responsabilidades y compromisos de la Nación y las provincias. También se organizó la Red Federal de Formación Docente Continua y un programa de mejoramiento de la infraestructura escolar. Algunos de estos programas contaron con financiamiento proveniente del presupuesto nacional -en cumplimiento del Pacto Federal Educativo- y otros, con aportes internacionales.

La implementación de la Ley Federal de Educación, en especial de la EGB, ha dado lugar a situaciones muy diversas entre las distintas jurisdicciones educativas, por razones basadas en decisiones políticas, en la capacidad político-técnica de cada una o en sus posibilidades financiero-presupuestarias.

Durante los años en que estuvo vigente la ley coexistíeron provincias que habían instrumentado los cambios de manera masiva y gradual, como Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, junto a Córdoba que hizo un cambio masivo, y jurisdicciones que sólo tuvieron experiencias piloto mínimas y no se sumaron al cambio de estructura del antiguo primario y secundario. En este último grupo figuran Neuquén y Río Negro. Tampoco el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sancionó su propia Ley de Educación.

Desde nuestro punto de vista, la discusión sobre la llamada “transformación educativa” de fines de siglo no parece haber perdido vigencia. El discurso educativo implícito en esas reformas está presente en la actualidad, pese a la  derogación de la Ley Federal y su reemplazo por una nueva norma que analizaremos la próxima unidad. Por lo tanto, no es extemporáneo un análisis de aquella  normativa y de las políticas educativas que durante su vigencia se implementaron. 

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